Dignitas Infinita: Respeto a la dignidad humana en toda circunstancia

La Declaración presentada por el Vaticano a comienzos de abril apunta a la necesidad de reflexionar y actuar ante las diversas situaciones que en el mundo de hoy amenazan o vulneran esa cualidad.

El día 8 de abril de 2024 el Dicasterio para la Doctrina de la Fe (DDF) publicó una declaración titulada «Dignitas infinita, sobre la dignidad humana». Se trata de un documento que recoge los principios y convicciones fundamentales de la enseñanza de la Iglesia católica sobre la dignidad de la persona humana, con el propósito de iluminar la reflexión, el discernimiento y la acción frente a hechos y situaciones que actualmente, en distintos ámbitos, amenazan o violan la dignidad inherente a todo ser humano.

El DDF, conocido anteriormente como Santo Oficio y luego como Congregación para la Doctrina de la Fe, fue reestructurado internamente por el papa Francisco (11 febrero 2022), dividiéndolo en dos secciones (una Doctrinal, otra Disciplinar), y encomendándolo luego al teólogo y arzobispo argentino Víctor Manuel Fernández (1 julio 2023), creado luego cardenal (30 sept. 2023). Dignitas infinita es la segunda declaración que emite el cardenal Fernández desde que es Prefecto del DDF. La anterior fue “Fiducia supplicans, sobre el sentido pastoral de las bendiciones” (18 diciembre 2023), la cual dio que hablar, pues explícitamente autorizaba las bendiciones a parejas en situación irregular (separados o divorciados en nueva unión, parejas del mismo sexo), con tal de que no fueran bajo un modelo o escenario litúrgico.

Las declaraciones son uno de los modos mediante los cuales el DDF cumple su cometido de ayudar al Papa y a los obispos a proclamar el Evangelio en todo el mundo, promoviendo y custodiando la doctrina de la fe y la moral(1)1. Mediante estos documentos, de alguna manera el cardenal Fernández está dando cumplimiento al mandato explícito que le dio el papa Francisco al nombarlo Prefecto: «Dado que para las cuestiones disciplinarias “relacionadas en especial con los abusos de menores” recientemente se ha creado una Sección específica con profesionales muy competentes, te pido que como Prefecto dediques tu empeño personal de modo más directo a la finalidad principal del Dicasterio, que es “guardar la fe”»(2)2.

Cabe señalar, sin embargo, que la gestación y producción de la última declaración tiene una historia bastante más larga que la presencia del actual Prefecto en el Dicasterio.

En efecto, el itinerario de elaboración de Dignitas Infinita, descrito pormenorizadamente en la Presentación del documento, tardó cinco años, pues «necesitó un considerable proceso de maduración para llegar a la redacción final». En dicho proceso, el mismo papa Francisco interviene no solo como fuente magisterial o aprobando la publicación de la Declaración, sino también solicitando que se trataran ciertas situaciones donde la dignidad humana se ve amenazada (la guerra, la pobreza, etc.), y que han sido objeto de su atención en la encíclica Fratelli tutti.

EL PROPÓSITO, ESTRUCTURA Y DESARROLLO

Desde el primer párrafo, y varias veces a lo largo del documento, la Declaración insiste en que la dignidad humana es previa a toda circunstancia y contexto; es decir, es inherente al ser de la persona. Si bien tal dignidad es reconocible por la razón, la reflexión y el diálogo (cf. 6), para la Iglesia tal convicción se «reafirma y confirma absolutamente a la luz de la Revelación», pues toda persona humana ha sido creada a imagen y semejanza de Dios y redimida en Cristo Jesús (1). Se trata de una dignidad ontológica e inalienable que ha sido reconocida por la ONU en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (10 diciembre 1948), en cuyo aniversario 75 la Iglesia ve la ocasión para proclamar una vez más su convicción, aclarar algunos malentendidos en la comprensión y abordar algunas situaciones más urgentes que atentan contra la dignidad humana (2).

La enseñanza de los Pontífices con relación a la dignidad humana, desde Pablo VI a Francisco, es recordada en algunos de sus trazos y desarrollos fundamentales (3-6). Sin duda, predominan los planteamientos de Francisco, cuya encíclica Fratelli tutti sería una suerte de Carta magna al respecto, sobre todo al contrastarlos con las situaciones actuales que demandan una promoción y defensa de la dignidad y de los derechos humanos.

En el documento se insiste en que el concepto de dignidad humana tiene una connotación ontológica, es decir, asociada irrenunciablemente al propio ser. Si bien se suele relacionar o confundir con otros conceptos, como dignidad moral, dignidad social o dignidad existencial, se diferencia de estos porque la dignidad ontológica precede y está a la base de ellas (7-9). Más aún, desde una perspectiva creyente, la dignidad ontológica es calificada igualmente de infinita, pues es fruto del amor de Dios por cada ser humano y no se extingue bajo ninguna circunstancia.

La Declaración se compone de cuatro partes, siendo las tres primeras una rica síntesis de la creciente conciencia y aprendizajes de la humanidad, y de la Iglesia en particular, acerca de la dignidad humana, y la cuarta, una aplicación a situaciones concretas del presente.

En lo que sigue, no cabe sino presentar brevemente cada una de las partes, además de alentar la lectura del documento con detención y apertura.

CONCIENCIA PROGRESIVA DE LA DIGNIDAD HUMANA

En la primera parte (10-16), se hace notar que para la Iglesia, el compromiso con el respeto y promoción de la dignidad de toda persona humana, sin excepción ni matices circunstanciales, encuentra su fundamento más decisivo en la experiencia de Dios consignada en la Sagrada Escritura; es decir, en la Revelación bíblica. En ella se halla la enseñanza germinal de que todo ser humano ha sido creado a imagen y semejanza de Dios (Gn 1, 26-27) y, por tanto, es «amado y querido por Dios por sí mismo», haciéndolo «inviolable en su dignidad».

Luego de hacer un recorrido por textos clave del Pentateuco, de los profetas y de la literatura sapiencial (11), se detiene en la práctica y enseñanza de Jesús, quien «afirmó el valor de la dignidad de todos los que son portadores de la imagen de Dios, independientemente de su condición social y circunstancias externas», devolvió la dignidad a los «descartados» o a los considerados al margen de la sociedad”, e incluso se identificó con ellos (12).

Del encuentro con Dios en Jesús, brota el pensamiento cristiano, que estimuló y acompañó, en los siglos posteriores, un desarrollo de la reflexión humana sobre el tema de la dignidad, alcanzando en el siglo XX una perspectiva original, como fue el personalismo, que profundiza en la subjetividad a la vez que en la intersubjetividad constitutivas del ser humano. La dignidad intrínseca de toda persona humana, por sobre los demás seres del universo, ha sido proclamada por la ONU en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en 1948, y también por el Concilio Vaticano II, tanto en la constitución Gaudium et spes como en la declaración Dignitatis humanae, ambos documentos de 1965.

LA IGLESIA, COMO TESTIGO Y GARANTE

En la segunda parte (17-22), y desde un punto de vista más sistemático, el documento recoge la triple convicción de la Iglesia, que la lleva a anunciar, promover y constituirse en garante de la dignidad humana. En primer lugar, cada persona, en su unidad inseparable de cuerpo y alma, lleva impresa la imagen del Dios Creador que es amor y que nos impulsa a vivir una relación amorosa con Él y con los demás.

En segundo lugar, la dignidad y vocación del ser humano han sido reveladas plenamente mediante la encarnación del Hijo de Dios, que asume nuestra condición, y que, en sus palabras y acciones, se desvive por los que sufren en su cuerpo y en su espíritu, en especial de los que eran calificados de «indignos». Es un auténtico giro en la historia, que ha dado lugar, posteriormente, a «instituciones que se ocupan de personas en condiciones inhumanas: los neonatos abandonados, los huérfanos, los ancianos en soledad, los enfermos mentales, personas con enfermedades incurables o graves malformaciones y aquellos que viven en la calle». En tercer lugar, la muerte y resurrección de Jesucristo nos revela el destino último del ser humano: su dignidad es eterna, dura por siempre; no está solo ligada a Dios en su origen, sino también en su finalidad última. Bajo la guía y acción del Espíritu Santo, y respondiendo en libertad, el ser humano está llamado manifestar y crecer en su vocación al amor infinito, dándole un carácter dinámico a su dignidad. Es evidente, pues, el fundamento trinitario de la dignidad humana en la sección recién descrita.

LA DIGNIDAD, COMO FUNDAMENTO DE DERECHOS Y DEBERES

La tercera parte (23-32) profundiza en la dignidad de toda persona, en cuanto fundamento de los derechos y de los deberes humanos. En sintonía con la señalada declaración de la ONU y procurando que no se la distorsione, recuerda algunos principios esenciales que deben siempre respetarse. Por de pronto, insiste en que la dignidad de toda persona humana, independientemente de su capacidad para comprender o actuar libremente, como el no nacido o el discapacitado mental, es inherente e inalienable.

Por otra parte, señala que no se debe confundir «con una libertad aislada e individualista, que pretende imponer como “derechos”, garantizados y financiados por la comunidad, ciertos deseos y preferencias que son subjetivas», sino que tiene «un contenido concreto y objetivo, basado en la naturaleza humana común». Además, la toma de conciencia del carácter relacional de persona humana ayuda, igualmente, a superar la autorreferencialidad y subjetivismo. El ser humano es siempre parte de una comunidad, tiene obligaciones hacia los demás. Más aún, también hacia el resto de los seres vivos y el medio ambiente, como lo ha recordado Francisco en Laudato si’. Y, consecuente con la fe y antropología cristianas, el documento está lejos de ofrecer una mirada ingenua acerca de la libertad, mediante la cual se expresa y desarrolla la dignidad humana: «La libertad humana necesita ser liberada» para que se oriente al bien, propio y del mundo entero. La libertad humana, por ejemplo, se debilita y oscurece «cuando se imagina como independiente de cualquier referencia que no sea ella misma y se percibe como una amenaza cualquier relación con una verdad precedente». Ahora bien, los límites de la libertad no son solo una cuestión de fe: en efecto, «no sería realista afirmar una libertad abstracta, libre de cualquier condicionamiento, contexto o límite».

De ahí que sea «indispensable comprender que “la liberación de las injusticias promueve la libertad y la dignidad humana” en todos los niveles y relaciones de las acciones humanas». Si bien ha habido avances en la humanidad, «este arduo camino dista mucho de haber terminado». De ahí, la sección siguiente, que es la más extensa del documento.

VIOLACIONES CONCRETAS Y GRAVES

En efecto, en la cuarta parte (33-62) la Declaración aborda una serie de «violaciones concretas y graves» de la dignidad humana que se dan actualmente. Lo hace teniendo como trasfondo las reflexiones previas y ahondando en ellas cuando se estima necesario, sirviéndose del magisterio de los últimos Pontífices que enfrentan estos temas, y del papa Francisco en particular, dada su cercanía y permanente preocupación por varios de ellos.

Sin pretensión de exhaustividad, el documento enuncia y aborda trece hechos o situaciones trágicas que en el presente amenazan y/o transgreden la dignidad humana: el drama de la pobreza extrema, ligada sobre todo a la desigual distribución de la riqueza (36-37); las guerras, que tienen impacto de corto y largo plazo, que son siempre una derrota de la humanidad y que jamás debieran fundamentarse sobre convicciones religiosas (38-40); la situación de los emigrantes que, en lugar de acogida, se encuentran con múltiples formas de empobrecimiento y trato indigno (40); la trata de personas que, si bien no es una novedad, ha adquirido dimensiones trágicas evidentes y vergonzosas (41-42); los abusos sexuales, que dejan profundas cicatrices en el corazón de quienes los sufren, presentes en la sociedad y, lamentablemente, también en la Iglesia afectando su credibilidad (43); las violencias contra las mujeres, que se manifiestan en las desigualdades en relación a los varones, en la explotación sistemática de la sexualidad, en los femicidios, etc. (44-46); el aborto, que niega la dignidad del no nacido, el más indefenso e inocente de los seres humanos, camuflándose con terminología ambigua como es la de «interrupción del embarazo» (47); la maternidad subrogada y sin vínculo, que convierte a la mujer y al niño en un mero objeto (48-50); la eutanasia y el suicidio asistido, que ha ido ganando terreno y se oculta bajo el eufemismo «muerte digna», en lugar de concentrarse en esfuerzos adecuados para aliviar el sufrimiento de enfermos terminales y ancianos que jamás pierden su dignidad intrínseca (51-52); el descarte de personas con discapacidad, en vez de ser incluidas en la sociedad (53-54); los aspectos críticos presentes en la teoría de género que, como colonización ideológica, borra el don de la diferencia sexual que posibilita la reciprocidad y la llegada de nuevos seres humanos, además de reivindicar el derecho de cada uno a «disponer de sí mismo» al margen de dicho don (55-59); en continuidad con lo anterior, el cambio de sexo también es cuestionado, pues el cuerpo humano participa de la dignidad inherente e inviolable de la persona (60); por último, la explotación y violencia que se despliegan en el ambiente digital, en lugar de ser espacio para promover la solidaridad y la paz (61-62).

Cabe añadir que, si bien no se desarrollan en este documento, se mencionan también como atentados a la dignidad humana la pena de muerte, las condiciones en que viven muchas personas encarceladas y la práctica de la tortura (34).

Concluye la Declaración proclamando que «ante tantas violaciones de la dignidad humana, que amenazan gravemente el futuro de la humanidad», hoy, como ayer, «la Iglesia no cesa de alentar la promoción de la dignidad de toda persona humana, cualesquiera que sean sus cualidades físicas, psíquicas, culturales, sociales y religiosa» (66).

RECEPCIÓN DEL DOCUMENTO

Como se puede apreciar, al recorrer sobre todo la parte cuarta del documento, los atentados contra la dignidad humana se verifican no solo cuando se acaba con la vida del no nacido mediante el aborto, o cuando se pone fin a un enfermo terminal mediante la eutanasia, sino también en una serie de hechos que cubren toda la gama de la existencia humana, personal y social. Algunos han sido tradicionalmente abordados por la Doctrina Social de la Iglesia, como la pobreza, la guerra, la migración; otros han sido afrontados más recientemente, como los abusos sexuales, los femicidios, la maternidad subrogada, la teoría o ideología de género, el cambio de sexo, la violencia digital. No se trata de «empatar» situaciones o hechos para dejar contentos a unos y otros, según la sensibilidad de cada cual, sino de denunciar y motivar una respuesta ética ante las múltiples formas en que los seres humanos desconocemos la dignidad que nos constituye.

Lo más interesante del documento, a mi juicio y el de muchos, es articular y abordar todas estas graves situaciones presentes en la actualidad, bajo el prisma o punto de vista de la dignidad humana. Esta perspectiva sería asumible por todos mediante el ejercicio de la razón y el diálogo, y sin duda por la acogida de la Revelación en el caso del creyente. Esta, en todo caso, no exime sino más bien estimula la razón y el diálogo, en pos de urgentes respuestas mancomunadas a las graves violaciones de la dignidad humana. Esta rica sistematización de los fundamentos bíblicos y desarrollos magisteriales «centrados en las enseñanzas de los pontífices Pablo VI, Juan Pablo II, Benedicto XVI y, sobre todo, Francisco» que ofrece el documento, puede ser de provecho evidentemente para los cristianos, pero también para otros creyentes y para toda persona de buena voluntad.

Es muy probable que, como lo señala el cardenal Martínez en la Presentación, algunos de los temas tratados «serán fácilmente compartidos por distintos sectores de nuestras sociedades, otros no tanto. Sin embargo, todos nos parecen necesarios porque, en su conjunto, ayudan a reconocer la armonía y la riqueza del pensamiento sobre la dignidad que brota del Evangelio».

Lo más interesante del documento es articular y abordar todas estas graves situaciones presentes en la actualidad, bajo el prisma o punto de vista de la dignidad humana.

Es obvio que no se espera una adhesión inmediata y ciega a todos sus planteamientos, pero sí un proceso de reflexión que genere una transformación de las propias conciencias, convicciones y prácticas. Ante los que esperan una reacción automática a la autoridad, vale recordar aquí lo que ha dicho el papa Francisco a los pastores en la exhortación apostólica Amoris laetitia (2016), siguiendo al Concilio Vaticano II: «Nos cuesta dejar espacio a la conciencia de los fieles, que muchas veces responden lo mejor posible al Evangelio en medio de sus límites y pueden desarrollar su propio discernimiento ante situaciones donde se rompen todos los esquemas. Estamos llamados a formar las conciencias, pero no a pretender sustituirlas» (al 37).

La dignidad intrínseca de todo ser humano, independiente a cualquier condicionamiento cultural o histórico, es un don y una buena noticia que requieren ser acogidos, en conciencia y en libertad creativa, por parte de cada persona individual y comunidad humana. A la Iglesia le corresponde promoverla con palabras y hechos; «a los Estados —sostiene la Declaración— no sólo protegerla, sino también garantizar las condiciones necesarias para que florezca en la promoción integral de la persona humana» (65).

Si se trata de aventurar qué planteamientos recogidos por la Declaración pueden ser más difíciles de compartir o aceptar por todos, se puede señalar, a modo de ejemplo, el énfasis en la inequidad o desigualdad como generadora de pobreza extrema, y también como expresión de violencia hacia las mujeres. Por otra parte, las guerras activas y los estallidos de violencia terrorista son, lamentablemente, expresión de un desacuerdo más que evidente con los postulados del texto; tales acciones siguen considerándose soluciones a los problemas y no incremento de ellos. O bien el intento por destacar el concepto de dignidad humana por sobre el de dignidad de la persona, cuando esta última se la entiende como aplicable solo a los capaces de razonar (y no a los fetos, dementes, agonizantes, etc.), es sin duda algo más que una disputa o negociación de significados; es una cuestión de vida o muerte.

Un tema que está dando que hablar en la academia, en los medios y en las redes sociales tiene que ver con la censura o advertencia frente a «la teoría de género». Cabe notar que este asunto es el que mereció más párrafos en la parte dedicada a listar violaciones de la dignidad humana: cinco en total (55-59), sin considerar el tema que lo sigue, «el cambio de sexo» (60), difícilmente comprensible desvinculado de los párrafos anteriores.

A otros temas abordados, en términos cuantitativos, se les dedica un máximo de tres párrafos, aunque algunos de ellos más extensos en el desarrollo de los contenidos.

Si bien en la Declaración se alude sin más a la «teoría de género», cabe preguntarse si se trata de un cuestionamiento al enfoque científico y académico, que emerge en el ámbito de las ciencias sociales, y que analiza los roles y comportamientos de género asignados históricamente en las sociedades y culturas, o a uno de los tantos desarrollos —a veces, enfrentados entre sí— que ha tenido dicha teoría3. De esta teoría, evidentemente, surge una serie de planteamientos epistemológicos y prácticas sociales. Por ejemplo, la «perspectiva de género» aplicada en estudios y en instituciones, o las políticas de «equidad de género» intencionadas en contratos y salarios. Condenar sin más la «teoría de género» sería como condenar, por ejemplo, la «teoría económica». Se dirá: depende de la teoría, de las prácticas y resultados a los que conduce. En cualquier caso, la Declaración es explicita en señalar que «la Iglesia destaca los decisivos elementos críticos presentes en la teoría de género», como, por ejemplo, el empeño por borrar las diferencias en su pretensión de igualar a todos (56), la disposición de sí mismo sin tener en cuenta la verdad fundamental de la vida humana como don o dato de la naturaleza que nos precede (57), la negación o falta de referencia a la diferencia de sexo, varón-mujer, que está al origen de la vida y de la familia (58-59). Tales elementos críticos son rotulados de «colonización ideológica» o de «ideología”, entendida esta en sentido peyorativo: una comprensión falseada de la realidad, con intereses o agendas ocultas. Habría detrás una antropología que disocia el cuerpo de la realidad de la persona humana, lo cual es contrario a la antropología cristiana.

Aunque no se aborda explícitamente la situación de las personas que experimentan incongruencia y/o disforia de género —es decir, aquellas personas cuya identidad y expresión de género difiere con aquel asignado al momento de nacer—, cabe aplicar, también para ellas, lo reiterado por el papa Francisco en Amoris laetitia, n. 250 y recogido en Dignitas infinita: «[…] que toda persona, independientemente de su tendencia sexual, ha de ser respetada en su dignidad y acogida con respeto, procurando evitar “todo signo de discriminación injusta”, y particularmente cualquier forma de agresión y violencia» (55). Ahora bien, los esfuerzos terapéuticos (hormonales y quirúrgicos) para acoplar en lo posible el sexo con la identidad de género, como regla general están cuestionados en la Declaración (60). Cabe señalar que la pertinencia y oportunidad de aplicación de tales terapias es también un asunto discutido y candente en nuestras sociedades4. Como en otros asuntos, es clave la pista que nos da el Concilio Vaticano II: este reconoce que la Iglesia, junto con aportar luz y ser fermento en el mundo, también ha recibido mucho de la historia y la evolución de la humanidad (cf. Gaudium et spes, 44). La perspectiva de la dignidad humana, honestamente asumida, se verá enriquecida con los avances de las ciencias, éticamente discernidos en este y otros campos.

1 Francisco, constitución apostólica Praedicate Evangelium, sobre la Curia romana y su servicio a la Iglesia en el mundo (19 de marzo de 2022), arts. 69-78.
2 Francisco, Carta al nuevo Prefecto de la fe, 1 de julio de 2023.
3 Al respecto, puede verse la obra del téologo Aristide Fumagalli: La cuestión del gender. Claves para una antropología sexual, Sal Terrae, España 2016, sobre todo, la primera parte, donde aborda la cuestión del gender, explicando el surgimiento y desarrollo del término, para luego analizar las distintas teorías de género y su evolución histórica, como también la posición que ha ido adoptando la Iglesia católica.
4 Véase, por ejemplo, el reciente Cass Review – Independent Review of Gender Identity Services for Children and Young People (https://cass.independent-review.uk/; Accedido 26 de abril de 2024), solicitado por el Servicio Nacional de Salud del Reino Unido.

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