Nuevo Motu Proprio del Papa, tras cuatro años de trabajo.
Tras cuatro años de trabajo compartido entre diversos entes vaticanos, se dio a conocer el decreto firmado por el Papa Francisco que concentra las “Nomas sobre la transparencia, el control y la competencia de los contratos públicos de la Santa Sede y de la Ciudad del Vaticano”.
A través de casi 100 artículos, la legislación se basa en la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción y sustituye y reemplaza a todas las normas sobre la materia vigentes en modo disperso entre el APSA y el Governatorato, y será válida para todos los entes de la Santa Sede.
“Para permitir una gestión más eficaz de los recursos consideré aprobar un conjunto de reglas destinadas a promover la transparencia, el control y la competencia en adjudicación de contratos públicos celebrados en nombre de la Santa Sede y la Ciudad de Vaticano”, plantea el Papa en la introducción de la nueva legislación.
USO SOSTENIBLE DE LOS FONDOS
El fin de la nueva norma es el uso sostenible de los fondos internos, así como la transparencia de los procesos de adjudicación, según plantea el artículo 1.
Además, se establece que la norma buscará “la igualdad de tratamiento y la no discriminación de los oferentes, en particular mediante medidas en grado de luchar contra los acuerdos ilícitos en materia de competencia y corrupción”.
El artículo 5 de la nueva ley plantea la búsqueda de la “eticidad en el orientamiento de las elecciones económicas y de los interlocutores sobre parámetros de respeto de la Doctrina Social de la Iglesia”.
El texto hace hincapié también en la importancia de evitar “conflictos de intereses”, para lo que se adoptarán medidas para “evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la paridad de tratamiento a todos los operadores económicos” oferentes de bienes y servicios a la Santa Sede.
LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, EL FRAUDE Y EL TERRORISMO
“Existe un conflicto de intereses cuando el personal de una entidad o un proveedor de servicios que, también en nombre de la Entidad, interviene en la ejecución del procedimiento de adjudicación o puede influenciar, de cualquier manera, el resultado, tiene, directa o indirectamente, intereses financieros, económicos u otros intereses personales que pueden identificarse como una amenaza para su imparcialidad e independencia en el contexto del procedimiento de adquisición o concesión”, detalla en esa dirección el artículo 7.
El elenco de prestadores de la Santa Sede excluirá a los operadores que en el momento estén siendo investigados o tengan condenas de primer grado por participación en organizaciones criminales, corrupción, fraude o delitos terroristas, por lavado o por explotación de menores.
También quedarán excluidos los que tengan problemas con los fiscos de sus respectivos países o los que estén instalados en países “con regímenes fiscales privilegiados”.
El artículo 15 da forma al proceso de adquisición, define que será el APSA, cuando se trate de los entes y dicasterios de la Santa Sede; o el Governatorato, cuando se trate de la Ciudad del Vaticano, los que se encargarán de centralizar las compras y adquisiciones, con la posibilidad de algunas excepciones que deberán ser hechas explícitamente y fundadas por la secretaría para la Economía.
Habrá, además, una lista de precios de referencia para los bienes y servicios que el Vaticano busque contratar.
Las compras, que buscarán ser planificadas hasta el 31 de octubre de cada año, serán supervisadas por un cuerpo de peritos formado por empleados del Vaticano.
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Fuente: www.religiondigital.org