Sr. Director:
El fallecimiento de Óscar Walter, en el Hospital Félix Bulnes en mayo pasado, nos enciende las alarmas en relación con la atención en urgencia a personas con discapacidad intelectual durante la pandemia. Su hermana señaló que «él murió por negligencia y no por COVID-19». Se investigará judicialmente, pero será comprobable que él permaneció cinco días en ese recinto sin acceso a ventilador mecánico, aun cuando tenía neumonía grave por coronavirus.
Como Enviada especial del Secretario General de la ONU sobre Discapacidad y Accesibilidad, y junto a la Experta independiente de Naciones Unidas sobre Personas Mayores, publicamos la Declaración «El derecho a la vida de las personas con discapacidad y personas mayores infectadas por el COVID-19», reafirmando que estos tienen siempre derecho a acceder a esos recursos en igualdad de condiciones que los demás.
Serán interrogantes de la investigación: ¿Se aplicó el criterio de selección o «triaje», influyendo negativamente el Síndrome de Down de Óscar? ¿Tuvo él un trato digno? ¿Se consideró su parecer? ¿Hubo aquí una discriminación por motivo de discapacidad, desconociendo la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas o la Ley N° 20.422 sobre inclusión de personas con discapacidad? ¿Puede calificarse esta situación como una violación de derechos humanos?
Es trascendental replantearnos estructuralmente cómo considerar los derechos de las personas con discapacidad. El marco jurídico debe ser una realidad en la vida cotidiana en la interacción con una persona con discapacidad, que tiene un rostro, un nombre y apellido, una individualidad con sentimientos y vínculos propios. Esto involucra la aplicación efectiva de la política pública con especial consideración a la diversidad humana, la educación desde la familia y la escuela, la formación profesional del personal de atención en salud, magistratura, profesores, periodistas y policías, entre otros. Las mallas curriculares de las carreras deben incorporar el conocimiento teórico y práctico del modelo de derechos humanos de las personas con discapacidad de acuerdo con el estándar del tratado internacional mencionado.
Para que no se repita la situación de Óscar, debemos trabajar en relación con el valor de la vida humana. El Poder Judicial deberá investigar y sentenciar, pero la verdadera inclusión se dará cuando todos tomemos conciencia de los derechos de esas personas, que alcanzan al 16,7% de la población. La respuesta inclusiva a la pandemia será un primer paso, tanto durante la cuarentena con pleno acceso a los suministros para la vida y la salud, como en medidas posteriores con efectivo ejercicio de derechos, como educación inclusiva de calidad e inclusión laboral.
María Soledad Cisternas Reyes
Premio Nacional de Derechos Humanos 2014